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Contratar un plan de pensiones u otro producto con vistas a la jubilación se va a convertir en una necesidad básica para aquellos que quieran mantener un nivel de ingresos después de su etapa laboral. A continuación algunas cuestiones básicas que debe tener en cuenta antes de contratar un plan de pensiones.

1. El gran argumento por el cual es necesario ahorrar para la jubilación es porque el actual sistema de pensiones, tal y como está definido actualmente, puede llegar a ser insostenible, teniendo en cuenta que actualmente la recaudación de la Seguridad Social, es insuficiente para hacer frente al gasto en pensiones. Prueba de ello es que, sumando todas las disposiciones realizadas sobre el Fondo de Reserva de la Seguridad Social, se ha reducido su importe a 53.750 millones de euros. Al margen de esto, el Gobierno prevé que utilizará otros 8.500 millones de euros del Fondo de Reserva de la Seguridad Social en 2015 para garantizar el abono de las pensiones, según el proyecto de Ley de Presupuestos Generales del Estado para el próximo año. Dicho de forma llana, el envejecimiento de la población hace insostenible las pensiones públicas a futuros y este efecto ya se empieza a apreciar.

2. ¿Cuándo es buen momento para contratarlo?

Es aconsejable comenzar a planificar la jubilación en el mismo momento en que ingresamos en el mercado laboral. Cuanto antes empecemos, menor será el esfuerzo que tendremos que hacer mañana, no sólo por disponer de más años para ahorrar, sino porque a lo largo de ese plazo, la rentabilidad que pueda generar ese ahorro nos ayudará a conseguir antes nuestro propósito.

En la primera etapa, denominada fase de capitalización, las aportaciones realizadas son bajas. En las sucesivas fases de planificación a la jubilación, fase de maduración y fase de extinción, el nivel de aportaciones se incrementan gradualmente de manera considerable, ya que nuestra capacidad de ahorro es superior y el horizonte temporal es menor.

3. ¿Puede disponer de su dinero cuando quiera?

El dinero del plan de pensiones se puede recuperar al llegar el momento de la jubilación o antes, en caso de incapacidad o fallecimiento (por los herederos). Adicionalmente, existen otros tres supuestos de cobro anticipado de la prestación: desempleo prolongado, enfermedad grave o desahucio de la vivienda habitual. A partir del 1 de enero del 2015, se ha aprobado un nuevo supuesto de liquidez, sin necesidad de vincularlo a ninguna situación objetiva, por lo que se podrá rescatar el dinero del (sin necesidad de justificarlo), una vez que hayan transcurrido diez años desde la primera aportación.

4. ¿Es mejor ahorrar mes a mes o sólo al final del año?

Las aportaciones periódicas, ya sean mensuales o trimestrales, siempre son más recomendables que las que se hacen a final de año, ya que permiten ir neutralizando los movimientos de los mercados financieros y las alzas o bajas de las activos financieros en que invierten los Planes de Pensiones.

5. ¿Mejor planes que otros vehículos como los fondos?

Los fondos de inversión son un vehículo idóneo para el ahorro, ya que al igual que los planes de pensiones, permiten una gestión profesionalizada y diversifican obligatoriamente en varias inversiones. De esta forma, en caso de insolvencia de la entidad que gestiona el plan o el grupo financiero al que pertenece dicha entidad, los activos seguirán siendo titularidad del ahorrador.

La diferencia entre planes de pensiones y fondos de inversión es que los primeros son ilíquidos hasta el momento de la jubilación, salvo en los supuestos mencionados anteriormente, mientras que los fondos tienen liquidez en un plazo máximo de 72 horas. Además, los planes cuentan con ventajas fiscales, dada su condición ilíquida.

6. ¿Cuál es la fiscalidad de los planes de pensiones?

Los planes de pensiones son el único instrumento financiero que tiene reducción en la base imponible en el IRPF, hasta un límite de 10.000 euros o 12.500 euros (para los que tienen 50 años o más). Así, por ejemplo, si se aportan 1.000 euros y se tributa al 40% en renta, Hacienda nos devolverá 400 euros. La novedad es que a partir de 2015 el límite máximo de aportación con derecho a la reducción fiscal será de 8.000 euros, frente a los 10.000 euros vigentes.

Una vez jubilados, tendremos que pagar por el dinero rescatado como rendimiento de trabajo, sin embargo, se debe tener en cuenta que el efecto de diferir el impuesto durante veinte o treinta años le otorga a este instrumento de ahorro una fiscalidad bastante ventajosa.

7. ¿Mejor contratar en un banco o con u  profesional en Ahorro/inversión?

Desde Seguros Ginestar recomendamos siempre a profesionales en Seguros De Ahorro evitando así a entidades financieras cuyos empleados trabajan bajo fuertes presiones que pueden sesgar dicho asesoramiento en detrimento del ahorrador.

Una mejor planificación para la jubilación, acompañando al cliente en el momento de constitución del ahorro y buscando la mejor eficiencia financiera y fiscal en el momento de la prestación resulta esencial para el ahorrador.

Contratar un plan de pensiones u otro producto con vistas a la jubilación se va a convertir en una necesidad básica para aquellos que quieran mantener un nivel de ingresos después de su etapa laboral. A continuación algunas cuestiones básicas que debe tener en cuenta antes de contratar un plan de pensiones.

  1.  El gran argumento por el cual es necesario ahorrar para la jubilación es porque el actual sistema de pensiones, tal y como está definido actualmente, puede llegar a ser insostenible, teniendo en cuenta que actualmente la recaudación de la Seguridad Social, es insuficiente para hacer frente al gasto en pensiones. Prueba de ello es que, sumando todas las disposiciones realizadas sobre el Fondo de Reserva de la Seguridad Social, se ha reducido su importe a 53.750 millones de euros. Al margen de esto, el Gobierno prevé que utilizará otros 8.500 millones de euros del Fondo de Reserva de la Seguridad Social en 2015 para garantizar el abono de las pensiones, según el proyecto de Ley de Presupuestos Generales del Estado para el próximo año. Dicho de forma llana, el envejecimiento de la población hace insostenible las pensiones públicas a futuros y este efecto ya se empieza a apreciar.
  2. ¿Cuándo es buen momento para contratarlo? Es aconsejable comenzar a planificar la jubilación en el mismo momento en que ingresamos en el mercado laboral. Cuanto antes empecemos, menor será el esfuerzo que tendremos que hacer mañana, no sólo por disponer de más años para ahorrar, sino porque a lo largo de ese plazo, la rentabilidad que pueda generar ese ahorro nos ayudará a conseguir antes nuestro propósito. En la primera etapa, denominada fase de capitalización, las aportaciones realizadas son bajas. En las sucesivas fases de planificación a la jubilación, fase de maduración y fase de extinción, el nivel de aportaciones se incrementan gradualmente de manera considerable, ya que nuestra capacidad de ahorro es superior y el horizonte temporal es menor.
  3. ¿Puede disponer de su dinero cuando quiera? El dinero del plan de pensiones se puede recuperar al llegar el momento de la jubilación o antes, en caso de incapacidad o fallecimiento (por los herederos). Adicionalmente, existen otros tres supuestos de cobro anticipado de la prestación: desempleo prolongado, enfermedad grave o desahucio de la vivienda habitual. A partir del 1 de enero del 2015, se ha aprobado un nuevo supuesto de liquidez, sin necesidad de vincularlo a ninguna situación objetiva, por lo que se podrá rescatar el dinero del (sin necesidad de justificarlo), una vez que hayan transcurrido diez años desde la primera aportación.
  4. ¿Es mejor ahorrar mes a mes o sólo al final del año? Las aportaciones periódicas, ya sean mensuales o trimestrales, siempre son más recomendables que las que se hacen a final de año, ya que permiten ir neutralizando los movimientos de los mercados financieros y las alzas o bajas de las activos financieros en que invierten los Planes de Pensiones.
  5. ¿Mejor planes que otros vehículos como los fondos? Los fondos de inversión son un vehículo idóneo para el ahorro, ya que al igual que los planes de pensiones, permiten una gestión profesionalizada y diversifican obligatoriamente en varias inversiones. De esta forma, en caso de insolvencia de la entidad que gestiona el plan o el grupo financiero al que pertenece dicha entidad, los activos seguirán siendo titularidad del ahorrador. La diferencia entre planes de pensiones y fondos de inversión es que los primeros son ilíquidos hasta el momento de la jubilación, salvo en los supuestos mencionados anteriormente, mientras que los fondos tienen liquidez en un plazo máximo de 72 horas. Además, los planes cuentan con ventajas fiscales, dada su condición líquida.
  6.  ¿Cuál es la fiscalidad de los planes de pensiones? Los planes de pensiones son el único instrumento financiero que tiene reducción en la base imponible en el IRPF, hasta un límite de 10.000 euros o 12.500 euros (para los que tienen 50 años o más). Así, por ejemplo, si se aportan 1.000 euros y se tributa al 40% en renta, Hacienda nos devolverá 400 euros. La novedad es que a partir de 2015 el límite máximo de aportación con derecho a la reducción fiscal será de 8.000 euros, frente a los 10.000 euros vigentes. Una vez jubilados, tendremos que pagar por el dinero rescatado como rendimiento de trabajo, sin embargo, se debe tener en cuenta que el efecto de diferir el impuesto durante veinte o treinta años le otorga a este instrumento de ahorro una fiscalidad bastante ventajosa.
  7. ¿Mejor contratar en un banco o con u profesional en Ahorro/inversión? Desde Seguros Ginestar recomendamos siempre a profesionales en Seguros De Ahorro evitando así a entidades financieras cuyos empleados trabajan bajo fuertes presiones que pueden sesgar dicho asesoramiento en detrimento del ahorrador. Una mejor planificación para la jubilación, acompañando al cliente en el momento de constitución del ahorro y buscando la mejor eficiencia financiera y fiscal en el momento de la prestación resulta esencial para el ahorrador.